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Pregunta:

INCREMENTO DEL CANON:

Autor: Jaime Ramírez Valderrama



Respuesta:

CADA 12 MESES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO BAJO UN MISMO PRECIO, SE PODRÁ INCREMENTAR EL CANON HASTA EN UNA PROPORCIÓN NO MAYOR AL 100% DEL INCREMENTO QUE HAYA TENIDO EL IPC


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